CHETUMAL, MX.— El Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito dio un plazo de 72 horas a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) para que informe si dentro del expediente administrativo PFPS/IA/001/2025 fue emitida el acta de clausura definitiva PFPA/RN/018-2025 relacionada con obras del Tren Maya, además de presentar las constancias que sustenten su respuesta.
El requerimiento está dirigido a José Luis Pedro Funes Izaguirre, encargado de despacho de la Oficina de Representación de Protección Ambiental y Gestión Territorial de la Profepa en Quintana Roo, o a quien actualmente ocupe ese cargo.
En caso de incumplir con el mandato judicial, el Tribunal estableció una multa de 115 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a aproximadamente 13 mil 490 pesos.
El requerimiento forma parte del expediente 582/2026, correspondiente a un juicio de amparo promovido por José Guillermo Urbina Bravo y otros ambientalistas que han cuestionado en tribunales diversos aspectos relacionados con el proyecto Tren Maya, particularmente por presuntas afectaciones ambientales y el cumplimiento de las Manifestaciones de Impacto Ambiental (MIA).
En este caso, los actos reclamados están relacionados con el acuerdo administrativo mediante el cual se exentó de la presentación de una Manifestación de Impacto Ambiental a las obras señaladas en el oficio SRA/DGIRA/DG-01735-26, emitido el 25 de febrero de 2026, en favor de Tren Maya, S.A. de C.V.
Los promoventes argumentan que las obras no corresponden a un camino preexistente y que previamente se habría afectado vegetación forestal, selva, ecosistemas costeros y humedales, por lo que cuestionan la procedencia de la exención ambiental.
A mediados de junio, el Juzgado Quinto de Distrito negó la suspensión definitiva solicitada por los promoventes, decisión que fue impugnada mediante un recurso de revisión.
El asunto llegó así al Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, que requirió información y documentación a la Profepa antes de resolver sobre el fondo del recurso.
El requerimiento adquiere relevancia debido a que, de acuerdo con los antecedentes del expediente, la autoridad ambiental no habría acreditado plenamente ante el órgano jurisdiccional la existencia del acta de clausura definitiva que se encuentra bajo revisión.
El Tribunal fijó para el próximo 6 de noviembre la audiencia constitucional, en la que deberá analizar los elementos aportados por las partes y determinar lo que corresponda respecto del juicio de amparo. (Noticaribe)




