Determina Teqroo infundada queja de aspirante a integrar el consejo municipal de Bacalar en la próxima elección del Poder Judicial

Por Rafael Briceño
CHETUMAL, MX.- Debido a que incumplió con subsanar en tiempo y forma las observaciones hechas para obtener el registro como aspirante a integrar el consejo municipal de Bacalar para la elección extraordinaria del poder judicial, integrantes del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) declararon infundado el juicio para la protección de los derechos político-electorales interpuesto por David Cortes Olivo en contra de la resolución del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo).
Este viernes, el pleno del Teqroo atendió el JDC/006/2025 interpuesto por Cortes Olivo y, de acuerdo con el proyecto de sentencia presentado por la ponencia de la magistrada en funciones Sarahit Olivos Gómez, se declaró improcedente ya que incumplió con los requisitos y los tiempos establecidos en la convocatoria.
El quejoso argumentó que la credencial de elector no debe ser el único medio válido para acreditar el domicilio además de que la determinación del Ieqroo careció de una motivación adecuada lo que vulneró su posibilidad de integrar el consejo municipal de Bacalar.
Sin embargo, la ponencia explicó que los documentos que entregó Cortes Olivo a través del portal del Ieqroo presentaron inconsistencias entre el domicilio que manifestó el solicitante y el número de sección capturada por lo que fue imposible emitir un folio.
Contrario a lo manifestado por el quejoso, la actuación del Ieqroo estuvo apegada a derecho ya que se hicieron las observaciones el día que intentó registrarse Cortes Olivo, pero no se cumplió en tiempo y forma. (Noticaribe)

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