Por Rafael Briceño
CHETUMAL, MX.- Debido a que la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido Morena no justificó de manera plena el rechazo a las quejas interpuestas por Erikc Sánchez Córdova contra Eugenio Segura Vazquez y la gobernadora Mara Lezama, el Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) otorgó cinco días para emitar nuevas determinaciones.
Este martes, el pleno atendió los juicios electorales JE/048/2026 y JE/051/2026, promovidos por Sánchez Córdova contra acuerdos de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, y tras el análisis ordenó revocarlos debido a que no se justificó suficientemente el rechazo de las quejas por una supuesta coincidencia con otros procedimientos en trámite.
El JE/048 está relacionado con catorce quejas contra Eugenio Segura Vázquez, por presuntas conductas de posicionamiento político mediante publicidad, encuestas, publicaciones, eventos y pintas de bardas; mientras que el JE/051 corresponde a una queja contra Eugenio Segura Vázquez y María Lezama Espinosa, relacionada con su participación y difusión del encuentro Freedom 250, celebrado en Cancún.
El Tribunal determinó que la Comisión de Honestidad y Justicia de Morena deberá comparar los hechos denunciados y emitir nuevas determinaciones debidamente fundamentadas y motivadas, en un plazo de cinco días hábiles a partir de la notificación de cada sentencia.
En su caso, también deberá pronunciarse sobre las medidas cautelares solicitadas; aunque estas nuevas determinaciones no implican la existencia de infracciones, ni implican la admisión automática de las quejas.
En el Juicio Electoral JE/036/2026 interpuesto por Rafael Marín Mollinedo, el Pleno revocó un acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), relacionado con el supuesto incumplimiento de medidas cautelares debido a que se utilizó una vía procesal sin justificar su procedencia por lo que se ordenó registrar el escrito como Procedimiento Ordinario Sancionador y continuar las actuaciones correspondientes, conservando las diligencias de investigación y los elementos obtenidos.
Asimismo, el Pleno determinó el sobreseimiento de tres medios de impugnación: el Juicio de la Ciudadanía JDC/033/2026, el Juicio Electoral JE/025/2026 y el Juicio de la Ciudadanía JDC/032/2026, relacionados con acuerdos de la Comisión de Quejas y Denuncias del IEQROO sobre medidas cautelares dictadas en procedimientos ordinarios sancionadores.
El sobreseimiento de los tres asuntos obedeció a un cambio de situación jurídica, derivado de que el Consejo General del IEQROO emitió las resoluciones de fondo correspondientes. En consecuencia, las controversias quedaron sin materia, por lo que un pronunciamiento sobre la legalidad de las medidas cautelares ya no tendría efectos jurídicos útiles. (Noticaribe)




